
En la actualidad, el Ecuador vive una transición institucional expresada en la aprobación y puesta en vigencia de una nueva Constitución del Estado, que obviamente trajo consigo su propio aparato conceptual. Al margen de que explícitamente en ninguno de sus artículos la Constitución menciona a la calidad de vida, es evidente que el concepto de calidad de vida ha sido reemplazado por el de Sumak Kawsay (buen vivir – vida digna – vida plena).
Hoy, en el Ecuador, es una necesidad de la vida en comunidad conocer si es posible, en algún grado, lograr una compatibilidad conceptual y práctica entre buen vivir y calidad de vida; o, si en su defecto, se trata de conceptos absolutamente extraños uno del otro, sin capacidad de convivencia. El concepto de Sumak Kawsay3 aparece en el escenario político institucional andino con la Constitución recientemente aprobada en Bolivia.
Este proceso constituyente está asociado con la presencia de un movimiento indígena, que pugna por la introducción de variables étnicas en las definiciones estatales de ese país. Por el lado del Ecuador, la nueva Constitución reúne la más exhaustiva lista de derechos sociales de su historia y de los países de la región alineados con el “neoconstitucionalismo”.4 Los ideólogos locales y foráneos buscan explicaciones en lo más intrincado de las ideologías liberales mundiales,6 y curiosamente en ningún caso recuperan al “constitucionalismo social”, que marcó importantes avances en las Constituciones ecuatorianas del siglo pasado.
Ciertamente, la calidad de vida como una construcción social histórica de las comunidades que se refleja en el bienestar de los individuos, no tiene mucho que ver con una teleología social de tablas extensas de derechos, sin referentes en la sociedad concreta, la coyuntura o la política, como es el caso de la Constitución en vigencia.
Libros
SUSCRÍBETE Y SIGUE NUESTRA INFORMACIÓN
Déjanos tu correo electrónico
Un sitio Genial